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Sobre el procedimiento de cobertura de suplencias en el Nivel Secundario

Compartimos la Circular 07 de Jurado de Concurso de Nivel Secundario, que brinda información sobre el procedimiento para la cobertura de suplencias del Nivel Secundario y sus Modalidades ante la emisión de las Resoluciones 898/20 y 987/20 CGE.

 

Ante la emisión de la Resolución 898/20 CGE y la Resolución 987/20 CGE, Jurado de Concursos de Nivel Secundario emite la Circular 07 que informa sobre:

 

1 - La designación por presentación de proyectos:

a - Respecto a los concursos por presentación de proyectos que quedaron inconclusos por falta de la instancia de defensa, se deberá evaluar teniendo en cuenta la bonificación por el proyecto presentado y los títulos respecto del perfil establecido por la institución educativa.

 

b – Cuando se deba cubrir con espacios o talleres de acuerdo a las resoluciones mencionadas por presentación de proyectos se elaborará un orden de mérito entre los aspirantes teniendo en cuenta la bonificación de:

. Proyecto: conforme la pertenencia pedagógica de la propuesta, su contenido y las estrategias metodológicas. Se valorará con un máximo de 4 puntos.

. Títulos: se valorará conforme el perfil definido por la institución convocante.

 

2 - Designación sin credencial de puntaje:

En virtud de lo expresado en el artículo 9 de la Resolución 987/20 CGE, Jurado de Concurso estable que: declarada “desierta” la segunda convocatoria, se procederá a convocar exclusivamente a designación por competencia de títulos (tercer llamado).

 

Los aspirantes deberán expresar su voluntad de participar adjuntando imagen del título o constancia de título en trámite que otorga competencia  donde figure el sello de registro en Consejo General de Educación y constancia de antigüedad en el Nivel y en la docencia actualizada.

 

3 - Respecto a la planilla de incompatibilidad, la misma deberá ser presentada de manera obligatoria exclusivamente por el docente que adjudica.

 

OBSERVACIÓN: Jurado de Concursos de Nivel Secundario recuerda a las autoridades educativas que el orden de mérito que resulte de cada convocatoria deberá ser notificado vía correo electrónico a todos los participantes del mismo.

 

#LaLuchaEnLaCalle #Agmer  

 

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