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Resolución 2905/13 CGE - Sobre el Reglamento de Consejos Evaluadores Institucionales

 

La Resolución 2905/13 CGE rectifica el punto V “Financiamiento y Compatibilidades” del Reglamento de Consejos Evaluadores Institucionales (Resolución 3625/12 CGE), el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Las horas cátedra serán asignadas por el período estipulado en la designación y podrán tener hasta diez (10) horas cátedra de Nivel Superior, bonificadas con una antigüedad de cinco años, excluyéndose el régimen de incompatibilidad.

Los docentes jubilados no percibirán bonificación por antigüedad (Decreto 1359/01 MGyJ.

El CGE otorgará el adicional “Compensación por Traslado” (Código 029).

Las Horas Cátedra de Nivel Superior asignadas a los docentes evaluadores se distribuirán de la siguiente manera:

- por una carrera, tres horas cátedra;

- de dos a cuatro carreras, cinco horas cátedra;

- más de cinco carreras, siete horas cátedra.

 

Los docentes que cuenten con el máximo de horas cátedras permitidas por esta norma podrán solicitar licencia por mayor jerarquía funcional para integrar los Consejos Evaluadores Institucionales.

Dicha norma regirá a partir del año académico 2014.

La Dirección de Educación Superior emitirá al inicio de cada Ciclo Académico una Disposición, comunicado e incorporaciones o bajas en las horas en función de los cambios que pudieran producirse por apertura de carreras o cierre de las mismas, incluyendo aquellas desarrolladas en Extensiones Áulicas”

 

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