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Resolución 600/20 CGE

 

La Resolución 600/20 CGE establece que a partir de su emisión la redistribución de las horas cátedra para atender la función de Referente Técnico Institucional será efectuada mediante el dictado de una disposición de la Dirección de Educación Superior, al inicio de cada año académico, debiendo verse reflejada la matrícula de los Institutos Superiores de Formación Docente en el SAGE.

 

Asigna 684 horas cátedra de Nivel Superior para cubrir la función del Referente Técnico Institucional, las que serán distribuidas conforme la Disposición emitida por la Dirección de Educación Superior.

 

Respecto a la continuidad, dispone que los Consejos Directivos de los Institutos dependientes de la Dirección de Educación Superior evaluarán el desempeño de los Referentes Técnicos Institucionales, pudiendo otorgar continuidad por un ciclo lectivo más a partir de su ingreso por concurso, caso contrario deberá darse una nueva convocatoria a concurso mediante carpeta de antecedentes y presentación de proyecto pedagógico, para lo cual el Equipo Directivo deberá definir las especificaciones metodológicas y conceptuales que orienten a los concursantes en la elaboración de la propuesta.

 

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