LEY N° 9624 » Convención Colectiva de Trabajo Docente
ARTÍCULO 1 - Conformación de las comisiones paritarias / ARTÍCULO 2 - La representación de los trabajadores docentes / ARTÍCULO 3 - Normas legales / ARTÍCULO 4 - Actuación de la Dirección Provincial de Trabajo / ARTÍCULO 5 - Sobre la representación del empleador / ARTÍCULO 6 - Derechos y obligaciones de las partes / ARTÍCULO 7 - Sobre la Autoridad Administrativa / ARTÍCULO 8 - Comisión Negociadora / ARTÍCULO 9 - Sobre la constatación del acuerdo suscrito / ARTÍCULO 10 - Sobre la homologación del acuerdo / ARTÍCULO 11 - Sobre la publicación del acuerdo / ARTÍCULO 12 - Apelaciones / ARTÍCULO 13 - Vigencia de una Convención Colectiva / ARTÍCULO 14 - Sobre las cuotas de solidaridad / ARTÍCULO 15 - Sobre el cumplimiento y la aplicación de las normas de la Convención Colectiva / ARTÍCULO 16 - Sobre un conflicto, la iniciación de medidas de acción directa y las instancias de Conciliación Obligatoria / ARTÍCULO 17 - Sobre los fundamentos de la presente Ley / ARTÍCULO 18 - Vigencia