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La Ley 8732 y el Régimen Especial Docente no se tocan

Nuestro sindicato pone en conocimiento de las y los afiliados activos y jubilados la emisión de la Resolución 1772/25 que aclara aspectos de la aplicación de la Resolución 2168/24, de modo tal de garantizar la preservación del Régimen Especial Docente enmarcado en la Ley 8732 que rige para nuestra Caja de Jubilaciones y Pensiones y sobre lo cual AGMER realizó insistentes reclamos ante el organismo.

 

   En oportunidad de concurrir a la Caja de Jubilaciones, habíamos expresado al presidente del organismo nuestro posicionamiento histórico plasmado en rechazar rotundamente todo mecanismo que afecte las condiciones para acceder a la jubilación, así como el cálculo del haber previsional, en la defensa de la Ley 8732 y nuestro régimen jubilatorio.

 

   Demandamos en tal oportunidad, que para despejar toda duda, confusión o indebida interpretación de la Resolución 2186/24, ante casos que se habían presentado, resultaba necesario una norma que aporte claridad y tranquilidad a activos para su futura jubilación. En tal sentido la Resolución 1772 reafirma en sus considerandos “el derecho al Régimen Especial Docente previsto en la Ley 8732”.

 

   Del mismo modo se establece que no será de aplicación la Resolución 2168/24 de la CJPER a los casos docentes “inclusive en el caso de existir servicios simultáneos docentes en el período liquidatario”.

 

   Nuestro sindicato estará atento al cumplimiento de la nueva Resolución, en la defensa de nuestros derechos previsionales.

 

   La ley 8732 y el Régimen Especial Docente, no se tocan

 

AGMER – Comisión Directiva Central

 

#LaLuchaEnLaCalle #Agmer 

 

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