Normativas / / / / / / /

Resolución 0987/20 CGE – Procedimientos para designaciones

 

La Resolución 0987/20 CGE aprueba en forma excepcional y transitoria los “Procedimientos para designaciones” en cargos iniciales, horas cátedra, cargos de ascenso, cargos de conducción no directiva o de supervisión, en los niveles Inicial, Primario y sus modalidades, Secundario y sus modalidades y Superior que se realicen durante el período de contingencia por la pandemia de Coronavirus, no contempladas en las normativas que obran en el Anexo I de la misma.

 

Establece que en toda cobertura se deberá priorizar a la o el docente/s activo/s que se desempeña/n en el establecimiento, para asegurar el vínculo con los estudiantes de Educación Secundaria y Superior, quienes por la situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio requieran de mayor acompañamiento y cuidado.

 

Determina que para garantizar el vínculo emocional y el fortalecimiento del acompañamiento a las trayectorias educativas de los estudiantes, se deberá evitar durante el período de emergencia sanitaria, la frecuente movilidad del personal docente, no autorizándose en consecuencia acceder a una nueva suplencia si previamente ha renunciado o rechazado a un primer ofrecimiento, con excepción de las suplencias para acceder a cargos de mayor jerarquía o de mayor imputación presupuestaria.

 

Establece también que las continuidades y/o designaciones transitorias que se realicen en cargos iniciales y/u horas cátedra por estar al frente directo de alumnos se extenderá hasta la presentación del docente reemplazado, no pudiendo exceder el término del ciclo lectivo 2020.

Establece a su vez que las designaciones transitorias en cargos de ascenso en todos los niveles serán a término fijo y se regularizarán en los marcos normativos ordinarios apenas finalizada la situación extraordinaria.

 

Determina que todas las coberturas excepcionales y transitorias se enmarcarán en el régimen de compatibilidad vigente, no siendo aplicable las designaciones por Artículo 40º de la Constitución Provincial, con excepción del nivel superior.

 

Establece que, finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio, toda nueva solicitud de licencia deberá ser cubierta con la normativa concursal vigente.

 

Establece que dentro del estricto e impostergable plazo de cinco (5) días hábiles administrativos de finalizado el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio, se convocarán a concurso los cargos de ascenso, de conducción no directiva y de conducción directiva que fueron cubiertos transitoriamente por la presente resolución, aplicándose la normativa concursal vigente para cada nivel o modalidad.

 

Establece que todas las excepciones no previstas en las Resoluciones Nº 824/20 CGE y Nº 898/20 CGE y en la presente, serán resueltas y comunicadas por Jurado de Concursos.

 

#LaLuchaEnLaCalle #Agmer 

 

Contacto

Debe ingresar todos los campos obligatorios!